jueves, 31 de agosto de 2017

Ley del Ejercicio de la Ingeniería y Arquitectura

la Ley del Ejercicio de Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines, radica principalmente en el hecho de que a través de ella, se regulan cada una de las acciones del ingeniero o de los profesionales en su ejercicio, manteniendo como punto principal la ética ya que esta profesión exige una gran responsabilidad ante la sociedad.




En la misma también encontramos todas las obligaciones y requisitos que debemos cumplir todos los profesionales en materia legal para poder ejercer nuestra profesión.
A continuación citare algunos artículos de la Ley que llamaron mi atención, en cada uno describiré que representan y que importancia tienen en cuanto al cumplimiento de mismo para el desenvolvimiento del proyectos o del ejercicio del profesional.




“Los documentos técnicos tales como proyectos, planos, mapas, cálculos, croquis, minutas, dibujos, informes o escritos, son propiedad del profesional autor de ellos; por consiguiente, ninguna persona natural o jurídica podrá hacer uso de ellos sin consentimiento del autor, salvo estipulación en contrario”.


Como interpretación este artículo lo que quiere decir, es que todo documento ya sean cálculos o gráficos, entre otros, generados tanto manualmente como de forma electrónica, que sea halla realizado por algún profesional ya sea ingeniero, arquitecto o las profesiones afines, son propiedad de que lo creo y por tal razón ninguna otra persona o empresa pueda ser de su uso a menos que el autor de la autorización.